El Consejo de Estado insta al Gobierno a reglamentar el derecho al trabajo para personas con discapacidad.

El Consejo de Estado de Colombia, a través de su Sección Quinta, ha emitido una sentencia el 12 de diciembre de 2024, ordenando al Gobierno nacional reglamentar, en un plazo de cuatro meses, las normas necesarias para garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad.

Dic 19, 2024 - 23:28
El Consejo de Estado insta al Gobierno a reglamentar el derecho al trabajo para personas con discapacidad.
Foto: www.Universomlm.com

Fundamento Legal

La decisión se fundamenta en la falta de reglamentación del artículo 62 de la Ley 1996 de 2019, que remite al artículo 13 de la Ley 1618 de 2013. Estas disposiciones buscan promover la inclusión laboral de las personas con discapacidad en Colombia.

Aspectos a Reglamentar

El fallo del Consejo de Estado destaca la necesidad de reglamentar los siguientes aspectos:

  • Fomento de Unidades Productivas: Crear y fortalecer proyectos productivos para personas con discapacidad y sus familias, ofreciendo apoyo en tecnologías de la información y comunicación, y facilitando la comercialización de sus productos, con prioridad en la adquisición por parte de entidades públicas.

  • Incentivos a Negocios Inclusivos: Promover emprendimientos que impulsen la independencia económica de las personas con discapacidad, fortaleciendo entidades que trabajen en este ámbito.
  • Cuotas Laborales en el Sector Público: En coordinación con el Departamento Administrativo de la Función Pública, asegurar la vinculación de un porcentaje específico de personas con discapacidad en cargos públicos, garantizando que esta información sea accesible.

    Implicaciones de la Decisión

    Esta sentencia representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales de las personas con discapacidad en Colombia. La implementación de estas medidas busca promover la inclusión y la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral, contribuyendo a una sociedad más equitativa.

    Próximos Pasos

    El Gobierno nacional deberá expedir la reglamentación faltante en el término de cuatro meses, conforme a lo ordenado por el Consejo de Estado, para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.